Préstamos Basados en el 80% del Ahorro Estatutario
Préstamos Basados en el 80% del Ahorro Estatutario
Estos tipos de crédito se concederán hasta por un ochenta por ciento (80%) de los haberes para la fecha de la solicitud y devengarán intereses calculados a una tasa del doce por ciento (12%) anual.
Para la concesión de este tipo de préstamo, el socio al momento de la solicitud deberá haber cancelado al menos un cincuenta por ciento (50%) del préstamo anterior.
Los préstamos a corto plazo se otorgarán por un plazo que no excederá de doce (12) meses.
Los préstamos a mediano plazo se otorgarán por un plazo que no excederá de veinticuatro (24) meses.
Los préstamos a largo plazo se otorgarán por un plazo que no excederá de treinta y seis (36) meses.
En atención al déficit del ahorro de los asociados producto del retraso en la otorgación de los aportes y retenciones por parte del patrono establecidas en la Ley de Cajas de Ahorros, Fondos de Ahorros y Asociaciones Similares, así como a las condiciones económicas del país y el impacto inflacionario en el ámbito crediticio; solo se están otorgando créditos a corto plazo, pagaderos en un plazo máximo de seis (06) meses, según lo aprobado por la Asamblea de asociados.